La Ley Karin incorpora nuevas definiciones legales de acoso, establece medidas preventivas y de resguardo para proteger a los trabajadores, e incluye un nuevo procedimiento de investigación y sanción, entre otras medidas.
La Ley Karin, que entró en vigencia desde el 1 de agosto, del Proyecto de Ley presentado el 13 de junio de 2022 por un grupo transversal de diputados. Se le conoce como “Ley Karin”, en homenaje a Karin Salgado, Técnico en Enfermería que se quitó la vida a consecuencia del acoso laboral del que fuese víctima en el recinto asistencial donde prestaba servicios.
Su principal objetivo es disponer las modificaciones legales necesarias a fin de promover al interior de cada lugar de trabajo una cultura de sano trato entre los propios trabajadores, y de los empleadores para con sus trabajadores, todo lo cual supone que todos los integrantes del lugar de trabajo asuman esta necesidad de un ambiente laboral sano y seguro como una responsabilidad colectiva.
Principales cambios que introduce la ley
- Las relaciones laborales deberán fundarse no solo en un trato compatible con la dignidad humana,
sino que también libre de violencia y con perspectiva de género. - Se modifica el concepto de acoso laboral eliminando el requisito de reiteración de la conducta.
- Se incorpora el concepto de violencia en el trabajo.
- Se establece la exigencia de que el RIOHS contenga no solo el procedimiento de investigación, sino que también el protocolo de prevención respecto del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo. Se establece, además, el deber de información a trabajadores de empresas que no tienen RIOHS.
- Información semestral de los canales que mantiene la empresa para la recepción de denuncias sobre incumplimientos relativos a la prevención, investigación y sanción del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo.
- A través de una norma de carácter general la SUSESO entregará directrices a las mutualidades de empleadores y, por su parte, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social emitirá un Reglamento donde establecerá los lineamientos a los cuales deberán sujetarse las investigaciones.
- Se modifica el procedimiento de denuncia e investigación de acoso sexual y se hace aplicable al acoso laboral y a la violencia en el trabajo.
- Los procedimientos de investigación ya iniciados antes de la vigencia de la Ley, se regirán por las normas vigentes al momento de presentación de la denuncia.